CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
Entre, (LA EMPRESA), (identificación del misma) que en lo sucesivo y a los efectos del presente contrato, será denominado LA CONTRATANTE; y por la otra, el ciudadano (EL CONTRATADO), (identificación del mismo) que en lo sucesivo y a los efectos del presente contrato, será denominado
EL CONTRATADO, se ha convenido en celebrar, como en efecto se celebra, un CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD, que está contenido y regido por la cláusula siguiente:
“EL CONTRATADO”, se obliga a guardar la más estricta confidencialidad durante la ejecución del actual proyecto hasta por un período de cuatro (04) años siguientes a su terminación, respecto a la información, documentación, facturación, datos económicos y personales, entre otros que hubiese conocido en razón y con ocasión de sus actividades: En este sentido “EL CONTRATADO” expresamente declara que conoce cabalmente las consecuencias de revelar la información confidencial a los terceros, por lo que sin importar que dicha información sea o no considerada importante y confidencial el acto de revelación se reputará como una falta grave a las obligaciones para con “LA CONTRATANTE”, y en consecuencia, responderá con su propio patrimonio en caso de extraer y/o revelas indebidamente los datos, parte o la totalidad de la información que maneja, dando lugar a “LA CONTRATANTE” de intentar todas las acciones laborales, penales y civiles pertinentes según la legislación vigente. En virtud a lo anterior ninguna información podrá ser revelada a un tercero a menos lo autorice por escrito a hacerlo, de manera específica y detallada por “LA CONTRATANTE”.